| Sociedades y Fundaciones |
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I. SOCIEDADES ANONIMAS Ventajas de las Sociedades Panameñas Las sociedades anónimas en Panamá son de fácil creación y modificación, pudiendo constituirse desde el extranjero. Desde el punto de vista fiscal, las sociedades panameñas que generen su ingreso fuera de nuestro territorio, no pagan impuestos sobre la renta en Panamá y el único impuesto que pagan al año es uno simbólico que se denomina "TASA UNICA" por el monto de US$250.00 dólares americanos. En muchos países las sociedades extranjeras no pagan impuestos, por lo cual teniendo una sociedad panameña no se pagará impuesto ni en el país donde se desarrolla su actividad ni en Panamá. REQUISITOS:Para constituir una sociedad panameña se necesita:
II. FUNDACIONES DE INTERES PRIVADO. Las Fundaciones tienen el propósito de reemplazar a las Asociaciones sin fines de lucro y, a la vez, son muy similares a los Fideicomisos. Tienen las mismas ventajas fiscales que las sociedades anónimas y además pueden ser constituidas por una Sola persona natural o jurídica (nacional o extranjera). No pueden dedicarse a actividades comerciales de forma permanente, pero sí pueden ejercerlo de manera eventual, por actividades relacionadas a sus bienes. REQUISITOS: Existen dos mecanismos para la creación de estas Fundaciones:
El Acta Fundacional deberá contener:
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